A partir de ahora, el Cardenal Camarlengo y el Colegio de Cardenales se encargarán del gobierno de la Santa Sede y de la propia Iglesia, hasta que salga elegido un nuevo Papa en el próximo cónclave.
Este periodo de interregno ha sido regulado con detalle por la legislación canónica, teniendo en cuenta que se trata de un periodo delicado para la vida de la Iglesia. En cuanto el Papa fallece o renuncia, se retira el sello, se clausuran los apartamentos papales y comienza propiamente la llamada Sede Vacante.
La misión fundamental del Colegio de Cardenales en este periodo será la organización del cónclave, asegurar los derechos de la Sede Apostólica y organizar las exequias del Papa fallecido.
A la muerte del Papa, todos los jefes de los dicasterios de la Curia, tanto el Secretario de Estado como los prefectos y los presidentes arzobispos, así como los miembros de los mismos dicasterios, cesarán en sus cargos.
Se exceptúan el Camarlengo y el Penitenciario Mayor, que siguen ocupándose de los asuntos ordinarios, sometiendo al Colegio de los Cardenales todo lo que debiera ser referido al Sumo Pontífice. Tampoco cesan en sus funciones el Cardenal Vicario General de la diócesis de Roma ni el Cardenal Arcipreste de la Basílica Vaticana y Vicario General para la Ciudad del Vaticano.
Una vez que entra la Sede Vacante, el cónclave comenzará en la fecha establecida por los cardenales. Aunque suele celebrarse entre 15 y 20 días después de la muerte o renuncia del Pontífice, según el Motu Proprio publicado por Benedicto XVI antes de su renuncia, podrá adelantarse si así lo estima oportuno el Colegio Cardenalicio.