A partir de este martes 3 de diciembre sólo quedan 10 días para poder adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de los Recursos de la Seguridad Social, que se aprobó en la Ley 27.743. Cuál es el plan de pago que queda y cuánto se reduce la deuda.
El viernes 13 de diciembre de 2024, vence el plazo para poder acceder al plan de facilidades de pago que condona el 20% de la deuda con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que se encuentra vigente a partir del 15 de octubre pasado.
"Condonación del veinte por ciento (20%) de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión al presente régimen en la medida que se cancele la totalidad de la deuda a regularizar a través de un plan de facilidades de pago que la AFIP establecerá a tal fin", establecieron en el artículo 6 inciso e).
La cual podrá ser mediante pago al contado o un plan de hasta tres cuotas, lo que le otorga mayores beneficios en cuanto a la condonación de intereses. O a través de uno de facilidades cuya cantidad de cuotas dependerá del tipo de contribuyente.
Las "Personas humanas y sucesiones indivisas (excepto que califiquen como pequeños contribuyentes o micro y pequeñas empresas)" tendrá como máximo 60 cuotas; "Micro y Pequeñas Empresas, personas humanas que califiquen como pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro" (84); "Medianas Empresas" (48); y el "Resto de los contribuyentes" (36).
Lo mismo sucederá con la tasa de interés, que será variable y en función del tipo de contribuyente. Así, mientras que para las "Personas humanas y sucesiones indivisas" se aplicará el 95% de la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina (BNA) para operaciones de descuentos comerciales (tasa de cartera general); para las "Micro y Pequeñas Empresas, incluidas las personas humanas que califiquen como tales, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro será el 90% de la misma.
En cambio, para las "Medianas Empresas Tramos 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas" el 100%. Y el "Resto de los contribuyentes" será equivalente a 1,3 veces la tasa fijada por el BNA para operaciones de descuentos comerciales (tasa de cartera general).
"Para las cuotas con vencimiento hasta el mes de diciembre de 2025, inclusive, la tasa de cartera general a considerar será la correspondiente a la del día 20 del mes inmediato anterior al inicio de cada trimestre calendario (enero/marzo, abril/junio, julio/septiembre y octubre/diciembre)", destacaron en la página de ARCA.
Lo que cambia a partir de las cuotas con vencimiento desde enero de 2026 y siguientes, ya que la tasa de cartera general a considerar será la correspondiente a la del día 20 del mes inmediato anterior al inicio de cada semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre).
Ingresos a la fecha
Por el diseño de la iniciativa, todos los incentivos se pusieron para fomentar la adhesión por parte de los contribuyentes en los primeros días: quienes lo hicieran hasta el 15 de agosto pasado gozaban de una condonación de la deuda del 70%.
La cual se reducía en diez puntos porcentuales (al 60%) para quienes se sumarán más tarde, entre el 16 de agosto y el 14 de septiembre del 2024, y otros 10 p.p. (al 50%) entre el 15 septiembre y el 14 de octubre de 2024. Aunque con la condición de pago al contado o mediante los planes de facilidades de hasta tres cuotas.
Según el último informe de ARCA, se recaudaron $ 310.936 millones correspondientes a los pagos a cuenta, al contado de octubre y las cuotas de las adhesiones de agosto y septiembre. "Al 14 de octubre operó el plazo para la cancelación al contado de la deuda vencida al 31 de marzo de 2024 con la condonación del 50% de los intereses resarcitorios y punitorios", destacaron.