No es muy difícil encontrar algún evento público prohibido para menores de edad donde esa norma no se cumple. En ese caso, se podrá establecer una millonaria multa no solamente para los organizadores de la fiesta sino también para los padres de esos chicos.
El Código Contravencional de Mendoza es el que regula la multa para los actos sancionables que no alcanzan a convertirse en delitos para una causa penal. Una de las conductas que se tipifican en esa legislación es el hecho de encontrar menores de edad en establecimientos donde está prohibida su presencia, por ejemplo porque se vende alcohol en el lugar.
La multa por un insulto a un docente
Existen muchos casos de lugares que han sido sancionados porque se encontraron menores de edad en su interior cuando eso estaba prohibido. Y eso justamente es una contravención que se encuentra analizada dentro del Título III del Código Contravencional contra la moralidad, buenas costumbres, solidaridad y educación. En uno de los artículos de ese apartado se dispone la multa o incluso hasta trabajo comunitario para los padres de esos adolescentes.
En concreto, se llama "omisión de cuidado". El artículo dispone la sanción de multa o trabajo comunitario ya que "se presumirá falta de vigilancia o cuidado de los padres o representantes legales de los menores de edad que ingresaren, concurrieren o permanecieren en un local o evento cuyo acceso les esté prohibido en los términos de la legislación vigente".
La multa en concreto para quien descuide a sus hijos es de 2 mil a 4 mil Unidad Fiscales (UF). Teniendo en cuenta que cada Unidad Fiscal se actualizará en un valor de 420 pesos a partir del 2025, el valor total va desde $840.000 hasta $1.680.000. Además, el Código Contravencional dispone que también se pueden aplicar trabajo comunitario vinculado con la diversión nocturna de los jóvenes en un plazo de 20 a 40 días.