La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dictaminó la sentencia que excluyó la tutela sindical de Alejandro Tomás Campillay, un trabajador del área de Mantenimiento de la obra social, y permitió que quedara cesante por irregularidades detectadas durante la actual gestión.
El caso quedó formalizado mediante una resolución del directorio de la institución, tras un sumario administrativo que concluyó con pruebas contundentes sobre la conducta del ex empleado y dirigente gremial.
El proceso disciplinario, detallado en el sumario, determinó que Campillay acumuló un total de 23 inasistencias, de las cuales 15 no fueron justificadas.
Además, se registraron tres incumplimientos al procedimiento interno de registro de ausencias y cinco faltas justificadas presentadas fuera de tiempo y forma.
Entonces el directorio de OSEP resolvió, mediante la Resolución N° 0836, aplicar la sanción máxima de cesantía al agente, en base a lo establecido en las normativas vigentes, incluyendo el Decreto Ley 560/73 y la Ley 9103/18, que regulan el régimen laboral de los empleados públicos.
Desde la obra social destacaron que esta medida responde al compromiso de garantizar transparencia y cumplimiento de los procedimientos establecidos, en línea con los objetivos de la dirección de la entidad.
La resolución marca un precedente en el marco de las acciones de control y disciplina adoptadas por la institución para asegurar el correcto desempeño de sus empleados y el cumplimiento de sus responsabilidades laborales.
Por último, recordaron que en el año 2024 OSEP dejó cesante a seis empleados más, además de Campillay, por distintos motivos.