A través de un proyecto se busca regular la formación y ejercicio profesional de los guardavidas, estableciendo requisitos de habilitación, condiciones laborales y obligaciones en espejos de agua.
En esta iniciativa se dispone que la presencia de guardavidas sea obligatoria en todo espejo de agua, de carácter recreativo o deportivo, exigencia que abarca tanto a instituciones públicas como privadas, "independientemente de que operen con o sin fines de lucro, siempre que sus instalaciones estén habilitadas".
Además, propone la creación de un Registro Provincial de Guardavidas, el que deberá estar digitalizado y de acceso público en las plataformas correspondientes de la autoridad de aplicación, se renovará anualmente, y se deberá otorgar un comprobante de renovación al titular del registro.
Por otra parte, establece que quien se desempeñe como guardavidas debe cumplir con una serie de requisitos para acceder al Registro, tales como ser mayor de edad; poseer título de guardavidas, expedido por instituciones nacionales o provinciales - de carácter público o privado - registradas y reconocidas por el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE, o el que en el futuro lo reemplace; no registrar sanciones que lo inhabiliten para el desempeño de la función; certificado de antecedentes penales, y tener aprobadas las pruebas de suficiencia, exigidas anualmente por la autoridad de aplicación, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
Entre sus obligaciones se encuentran la prevención de accidentes que pongan en riesgo la integridad física de las personas; orientar y dar seguridad a las personas; atender situaciones de emergencia, dando el correspondiente aviso a las autoridades sanitarias o con competencia en materia de seguridad; ejecutar técnicas de rescate acuático necesarias para llegar hasta la víctima, estabilizarla y sacarla de la condición de peligro, sin poner en riesgo su vida ni la de otras personas, cumpliendo los protocolos de salvamento acuático actualizado.
Asimismo, suministrar los primeros auxilios de emergencia necesarios para mantener la vida de la víctima hasta que llegue la asistencia especializada; vigilar las zonas de su área de responsabilidad e informar sobre los peligros para la salud, la seguridad y el bienestar propio, del público a su cargo, y colaborar con la protección del ambiente acuático, su flora y fauna; además, cada Guardavidas deberá contar con un Libro de Aguas personal e intransferible, en el cual debe llevar el registro de las tareas y acontecimientos durante el desarrollo su labor, entre otros.
En los fundamentos de la normativa de Cattaneo, autor del proyecto, se expresa que tiene por objeto "establecer pautas normativas innovadoras y modernas para el ejercicio de la profesión de guardavidas", ponderando las "características climáticas naturales de nuestra provincia" que "atraen turistas, como también personas locales, que buscan ámbitos de recreación en las épocas estivales, período en el cual el ejercicio de la profesión de guardavidas cobra mayor relevancia".
Asimismo, los fundamentos de la normativa propuesta resaltan que se "busca garantizar la formación, matriculación y supervisión adecuada, estableciendo lineamientos curriculares que aseguren un desempeño eficiente y homogéneo en toda la provincia, con el respaldo de un Estado presente. La confección y el diseño de este proyecto se sustenta, por un lado, en las características locales de la formación de guardavidas y los espejos de agua, y por otro lado, en el antecedente de la Ley Nacional N° 27.155, que sirve como guía y orientación para el ejercicio de esta profesión".
El diputado César Cattaneo (UCR) se explayó en torno a las "inquietudes y necesidades" vistas por lo que "comenzamos a trabajar por esto", teniendo en cuenta que "se dieron distintas situaciones en natatorios de la provincia, y por la propia necesidad de los guardavidas".
Un punto sobre el que llamaron la atención en la mesa de análisis fue el involucramiento de los municipios en esta normativa. Sabido es que en distintos departamentos no sólo hay espejos de agua públicos para nadar, que tienen delimitados los lugares en los que se puede practicar la actividad, sino que se han ido inaugurando natatorios cerrados y abiertos de gestión pública y/o privada en épocas de frío como de calor.
Finalmente, se propuso coordinar reuniones con guardavidas de Mendoza y con funcionarios de la Subsecretaría de Deportes, para delinear los últimos detalles de la redacción y poder votar el despacho de la norma.