Se vienen otros dos aumentos del Agua para agosto y octubre

Será del 21% en ambos meses. La empresa Aysam justificó los incrementos

Un nuevo golpe al bolsillo sufrirán los mendocinos a partir de agosto con un aumento de la tarifa de agua del 21% que se repetirá en octubre de este año. 

Así se confirmó en el Boletín Oficial luego de que el gobernador Alfredo Cornejo autorizó el incremento propuesto por la empresa Aysam. 

Según el texto, el informe técnico presentado sugirió al Directorio del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento (E.P.A.S.) otorgar un aumento en los valores entendiendo la "situación actual" y las "proyecciones" de los distintos escenarios.

Con esto buscan alcanzar gradualmente el equilibrio presupuestario operativo de la empresa.

De esta manera los mendocinos deberán asumir un aumento del 42,1% en dos tramos, un 21,5% en agosto y un porcentaje similar en octubre que será acumulativo. 

Decreto 1363

 Artículo 1º- Apruébese un aumento en los valores tarifarios y precios vigentes de los servicios públicos de provisión de agua potable y saneamiento prestados por la Empresa Agua y Saneamiento Mendoza Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria AYSAM- S.A.P.E.M., del veintiuno coma cero cinco por ciento (21,05%) a aplicar a partir del 01 de agosto de 2024, y un aumento del veintiuno coma cero cinco por ciento (21,05%), a aplicar a partir del 01 de octubre de 2024, acumulativo sobre el anterior, sujeto a la revisión de desvíos del nuevo marco reglamentario propuesto. Todo ello de conformidad con lo previsto por el soporte normativo vigente, que fuera oportunamente analizado por el Ente Provincial del Agua y de Saneamiento, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 34 Inciso 3) de la Ley N° 6044, respecto a la información a los usuarios mediante instrucciones al Ente Regulador y a la Empresa regulada. 

Artículo 2°- Apruébese el Procedimiento de Revisión y Determinación Tarifaria para la empresa Agua y Saneamiento Mendoza Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria AYSAM- S.A.P.E.M. propuesto en el Artículo 2 de la Resolución N° 0030/2024 del Directorio del Ente Provincial del Agua y de Saneamiento (E.P.A.S.) que como Anexo forma parte de la presente norma legal.

 Artículo 3°- El Poder Concedente continuará con las inversiones oportunamente previstas por la Ley N° 8270, a los efectos de evitar el paulatino deterioro del sistema sanitario de la Provincia de Mendoza, en forma concomitante con el desarrollo del Programa de Convergencia Tarifaria correspondiente al Concesionario Agua y Saneamiento Mendoza, Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria AYSAM- S.A.P.E.M. 

Artículo 4º- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese. LIC